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NÚMERO TRES (2022)

RESTAURANDO LA INTEGRIDAD Y LA CONFIANZA EN LA JUNTA DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VIRGINIA Y EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL DEL ESTADO

 

En virtud de la autoridad que me ha sido conferida como Gobernador, por la presente emito esta Orden Ejecutiva para restablecer la integridad y la confianza en el Sistema de Justicia Penal de la Commonwealth mediante la eliminación de la actual Junta de Libertad Condicional de Virginia, nombrando a cinco personas altamente calificadas para la Junta de Libertad Condicional, ordenando al Secretario de Seguridad Pública que realice una revisión programática de los procedimientos de la Junta de Libertad Condicional y solicitando al Fiscal General que realice una investigación completa.

Importancia de la Iniciativa

El Artículo I, Sección 8-A de la Constitución de Virginia otorga ciertos derechos a las víctimas de delitos en el Commonwealth, incluido el derecho a una notificación, información y protección razonables y apropiadas. La ley de Virginia requiere además que la Junta de Libertad Condicional de Virginia notifique su decisión de otorgar libertad condicional discrecional o la libertad condicional de un recluso.
La ley de Virginia y los manuales internos de políticas y procedimientos rigen las decisiones de la Junta de Libertad Condicional de Virginia.

La Oficina del Inspector General del Estado de Virginia ("OSIG") realizó recientemente una investigación independiente sobre las acusaciones que involucran a la Junta de Libertad Condicional de Virginia. Estas acusaciones fueron presentadas por ciudadanos, víctimas de delitos y sus familiares, y los Fiscales del Estado Libre Asociado elegidos. La investigación de la OSIG reveló que a algunos de los reclusos liberados por la Junta de Libertad Condicional de Virginia se les había negado recientemente la libertad condicional o se les había considerado inelegibles para la libertad condicional, lo que plantea dudas sobre la legalidad de las revocaciones abruptas de estas decisiones. La Junta de Libertad Condicional de Virginia también violó los derechos de las víctimas y violó la ley de Virginia al liberar a varios delincuentes violentos sin cumplir con la notificación requerida por ley a la víctima o al fiscal.


Hasta el día de hoy, los familiares y las víctimas no tienen respuestas sobre cómo o por qué la Junta de Libertad Condicional de Virginia no cumplió con las leyes que rigen sus operaciones, y nadie ha rendido cuentas.

Por lo tanto, debemos garantizar la confianza y la integridad en nuestro sistema de justicia penal. Con demasiada frecuencia, las víctimas de delitos violentos son ignoradas, silenciadas y pasadas por alto. Las víctimas merecen saber que sus voces importan. Para garantizar que estos errores no vuelvan a ocurrir, debemos comprender plenamente las decisiones que llevaron a ellos.

El fracaso de la Junta de Libertad Condicional en hacer cumplir las leyes promulgadas por la Asamblea General ha dañado la integridad del Sistema de Justicia Penal de la Commonwealth y ha socavado la confianza de nuestros ciudadanos. Por lo tanto, debemos reformar la Junta de Libertad Condicional de Virginia y reemplazar a los miembros actuales con expertos en seguridad pública calificados y comprometidos que hagan cumplir la ley, apliquen adecuadamente las políticas de la Junta y restablezcan la confianza y la integridad en nuestro sistema de justicia penal.

Directiva

En consecuencia, de conformidad con la autoridad que se me ha conferido como Director Ejecutivo de la Commonwealth
y de conformidad con   53.1-134 del Código de Virginia, por la presente pongo fin a la junta de libertad condicional actual y por la presente nombro a:

Además, se ordena al Secretario de Seguridad Pública y Seguridad Nacional que realice una revisión programática de los deberes, procedimientos y administración de la Junta de Libertad Condicional. La revisión incluirá, pero no se limitará a, aumentar la transparencia de los votos de la Junta de Libertad Condicional, registrar las razones para otorgar la libertad condicional y revisar la gestión, el personal y las operaciones de la Junta de Libertad Condicional.

Esta revisión proporcionará recomendaciones para cambios legislativos, administrativos y de políticas que mejorarán la administración de la agencia en el cumplimiento de su solemne misión de seguridad pública.
Esta reseña deberá ser enviada a más tardar 1 de septiembre de 2022.

Autorización del Procurador General

En virtud de la autoridad que me confieren los   2.2-511 del Código de Virginia, por la presente solicito al Fiscal General que coordine los esfuerzos de procesamiento e investigación y presente los casos que considere apropiados para proteger a los ciudadanos de la Commonwealth y exigir responsabilidades a cualquier persona que haya violado la ley vigente o los derechos de las víctimas de delitos.

Fecha de entrada en vigor

La presente Directiva Ejecutiva entrará en vigor a partir de su firma y permanecerá en vigor y efecto a menos que sea modificada o rescindida por una futura orden ejecutiva o directiva.

Dado bajo mi mano y bajo el sello de la Commonwealth of Virginia, este 15día de enero de 2022.

Firma del Gobernador 74 y Kelly Thomasson